Llamado a gobernadores y alcaldes para garantizar los derechos de la población sorda colombiana
*Colombia cuenta con 439.772 ciudadanos sordos, según la Encuesta Nacional de Calidad de Vida 2022
El Instituto Nacional para Sordos – INSOR, entidad adscrita al Ministerio de la Igualdad y Equidad, hace un llamado especial a las gobernaciones y alcaldías del territorio nacional, con el propósito de promover la generación de entornos libres de barreras para los ciudadanos sordos en donde se materialicen todos sus derechos.
Dado al proceso de empalme en el que se encuentran las gobernaciones y alcaldías, el Director del INSOR, Geovani Meléndres, ha convocado a dichos organismos a tener presente los ajustes razonables que requiere la población sorda y de esta manera, se garantice su participación en entornos de salud, educación, empleo, así como la accesibilidad a los diferentes espacios; los cuales están fundamentados en la siguiente normatividad:
- Ley 982 de 2005, la cual establece normas tendientes a la equiparación de oportunidades para las personas sordas y sordociegas y se dictan otras disposiciones.
- Ley Estatutaria 1751 de 2015 en la que se regula el derecho fundamental a la salud y se dictan otras disposiciones.
- Ley Estatutaria 1618 de 2013 establece las disposiciones para garantizar el pleno ejercicio de los derechos de las personas con Discapacidad (Arts. 7, 8 y12).
- Ley 1980 de 2015 por medio de la cual se crea el programa de tamizaje neonatal en Colombia.
- Decreto 1421 de 2017 por el cual se reglamenta en el marco de la educación inclusiva la atención educativa a la población con discapacidad.
- Decreto 2011 de 2017 por el cual se adiciona el Capítulo 2 al Título 12 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1083 de 2015, Reglamentario Único del Sector de Función Pública, en lo relacionado con el porcentaje de vinculación laboral de personas con discapacidad en el sector público.
- Ley 1712 de 2014. Por medio de la cual se crea la Ley de Transparencia y del Derecho de Acceso a la Información Pública Nacional y se dictan otras disposiciones.
- Resolución MinTIC 1519 de 2020, por la cual se definen los estándares y directrices para publicar la información señalada en la Ley 1712 del 2014 y se definen los requisitos materia de acceso a la información pública, accesibilidad web, seguridad digital, y datos abiertos.
De igual manera, desde el INSOR estamos prestos para brindar asesoría y asistencia técnica con el objeto de orientarles en la implementación de dichos ajustes, o generar articulaciones en pro de la garantía de los derechos de la población sorda colombiana.
Reiteramos el ánimo de construir juntos, espacios libres de barreras.